DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana¬ de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO, incoaran los ciudadanos MARIO QUERCIA y NANCY COROMOTO MARTINEZ DE QUERCIA, contra la ciudadana NINOSKA ALEJANDRA PADILLA CASTILLO, todos plenamente identificados en el texto del presente fallo.
En consecuencia, se condena a la parte demandada a:
1ºEl desalojo del inmueble objeto del contrato de arrendamiento constituido por el apartamento distinguido con el No. 45, ubicado en el piso 4 del Edificio Residencias El Parque, situado en la Avenida Rómulo Gallegos de la Urbanización Los Dos Caminos, jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda, y a hacer entrega del mismo a la parte actora totalmente desocupado de bienes y personas y en las mismas condiciones de aseo, uso, mante.....