Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el Recurso de Revisión interpuesto por la ciudadana Yadira Mosquera en su condición de concubina del ciudadano Jaime Janner Suárez Fernández, debidamente asistida por los Abogados Luís Martínez y José Martínez y en consecuencia, se acuerda rebajar la pena impuesta al referido ciudadano en lo que respecta al delito de Homicidio Calificado en grado de cooperador inmediato, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° antes de la reforma del 13 de Abril de 2005 y actualmente en el artículo 406 ordinal 1° de la referida reforma parcial del Código Penal Venezolano, la cual quedó en QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN, de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 470 en concordancia con la parte in fine del artículo 475, ambos del Código Orgánico.....