DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por los abogados en ejercicio DIGNA ARRIECHE MOGOLLON Y JORGE ENRIQUE RODRÍGUEZ ARRIECHE en contra del auto de fecha 29 de marzo del 2.012, que negó oír la apelación interpuesta contra el auto de fecha 27 de marzo del año dos mil doce en el juicio de Cobro de Bolívares (vía intimatoria) intentado por el ciudadano NELSON EDUARDO JAIMES DALEZ y HENRY LEONARDO PAREDES en contra de la ciudadana MARÍA PASCUALINA SOTO PIEDRA en el Juicio de Cobro de Bolívares, en el Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren del Estado Lara.
De conformidad con el Art. 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese o.....