PRIMERO: Se declara Desistida la apelación interpuesta en fecha 29 de noviembre de 2.012, por el ciudadano abogado Henrry Antonio Contreras Guzmán, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en la presente causa, contra el fallo proferido por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de fecha 13 de noviembre de 2.012, todo ello conforme al criterio pacífico y reiterado de ésta Alzada en sentencias anteriores, (vid 24/1/2008, 11/3/2008, 24/4/2008, 3/6/2008, 4/8/2008, 20/10/2008, 05/11/2008, 21/11/2008) criterio éste confirmado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 30 de mayo 2013, en el expediente N° 10-0133. Asimismo, este Sentenciador no observó violación de orden público que comporte el conocimiento de oficio del fallo recurrido. Y así se decide.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara firme la sentencia dictada por el.....