Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 30 de marzo de 2015, por el abogado Yvor Ortega Franco, apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada en fecha 25 de marzo de 2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. SE HOMOLOGÓ la TRANSACCIÓN celebrada entre las partes en fecha 21 de julio de 2014, y se le dio carácter de fuerza juzgada. Quedó asi CONFIRMADA la decisión apelada.