/De conformidad con el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA: MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre bienes muebles propiedad o en posesión de la parte intimada: MILANGELA CRISTINA SUAREZ MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-15.228.991 con domicilio en esta ciudad de Barquisimeto, hasta cubrir la suma de CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCINETOS NOVENTA Y TRES BOLIVARES CON VEINTE CENTIMOS (187.493,20 Bs.) si recae en dinero en efectivo y hasta por el doble si recae sobre bienes muebles mas las costas y costos del proceso.
Regístrese y publíquese, incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines del artículo 72, ordinales 3º y 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este TRIBUNAL SEX.....