DISPOSITIVA
Por las anteriores razones de hecho y fundamentos de derecho, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: Primero: Admite el escrito acusatorio presentado contra el ciudadano: RAFAEL ANTONIO CASTELLANOS ALBORNOZ, titular de la Cédula de Identidad N° 13.405.320, de 38 años de edad, nacido en fecha 20-10-1968, Soltero, natural de el Paraíso, Municipio Sucre, Estado Trujillo, de ocupación Buhonero, hijo de Miguel Castellanos (+) y Juana del Carmen Albornoz, residenciado en la vía Carache, Loma de Bonilla, donde está un muro con tela de ciclón, del lado abajo del Centro Turístico del señor Dimas, teléfono 0272 4147730, por la comisión del delito de DETENTACIÓN ILÍCITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en concordancia con el artículo 9 de la ley sobre ar.....