PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la demanda de nulidad de la Providencia Administrativa No. 00326, de fecha 28 de febrero de 2013, emanada de la Inspectoría del Trabajo sede José Pío Tamayo, por reenganche y pago de salarios caídos intentado por la ciudadana JACKELIN SANTELIZ, titular de la cédula de identidad Nº 13.674.516, llevada en el expediente 005-2012-01-01617, por no acompañar el recurso de nulidad de los documentos indispensables, ni subsanar lo solicitado en la oportunidad correspondiente, de conformidad a lo previsto en los Artículos 33 Nº 7, 35 Nº 4 y 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, porque no se inició el procedimiento.