DECISION
Por todo lo antes expuesto este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 647 Literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, procedió a la RATIFICACION SANCIONATORIA DE REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA contempladas en los artículos 624 y 626 ejusdem, a RESERVADO, ya identificado, por el delito: ROBO AGRAVADO previsto en el articulo 458 del código penal y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
El Juez de Ejecución
Abg. JORGE DIAZ MENDOZA. Secretaria