En virtud de los argumentos de hecho y de Derecho que anteceden, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el juicio que por Cobro de Bolívares (Vía Intimación) incoara la sociedad mercantil Droguería Capital, C.A, en contra de la sociedad mercantil Farmacia Lumifar, C.A. y los ciudadanos María Luisa Esperanza de Betancourt y José Ángel Betancourt, todos suficientemente identificados en el encabezamiento de esta sentencia, decide así:
PRIMERO: Declara PERECIDA LA INSTANCIA y extinguido el procedimiento, de conformidad con el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por Cobro de Bolívares (Vía Intimación) incoara la sociedad mercantil Droguería Capital, C.A, en contra de la sociedad mercantil Farmacia Lumifar, C.A. y de los ciudadanos María Luisa Esperanza d.....