Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte accionante contra la Sentencia proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, actuando en Sede Constitucional, en fecha 31 de mayo de 2012.
SEGUNDO: Se ordena al Tribunal de Primera Instancia CONTINUAR el procedimiento y la tramitación de la presente Acción de Amparo Constitucional.
TERCERO: SE REVOCA el fallo recurrido.
CUARTO: No hay condena en Costas, dada la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado L.....