Tomando en consideración todo lo expuesto precedentemente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Con lugar la demanda de Divorcio incoada por la ciudadana Milagro Salazar Gómez, ya identificada contra el ciudadano Douglas Gómez Suárez, ya identificado, en consecuencia, se disuelve el vinculo conyugal contraído en fecha trece (13) de noviembre del año 1991 ante la Jefatura Civil de la parroquia Camacaro, municipio Torres del estado Lara, cuya acta de matrimonio se encuentra inserta bajo el Nº 38, folio 86 vuelto.