Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley declara, INADMISIBLE el recurso de apelación de auto interpuesto por el ciudadano abogado: RAFAEL MALDONADO quien actúa con el carácter de Defensor Privado del ciudadano xxxxxxx contra decisión dictada por el Juzgado de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes en fecha 01 de Febrero del año 2007, una vez concluida la oportunidad de la Audiencia Preliminar, en la que no admitió la prueba ofrecida por la hoy defensa recurrente, referida a: 04 documentales y la declaración de dos expertos, por estar incursa en causal de inadmisibilidad conforme a las previsiones contenidas en los artículos 579,586, 609, 613 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 433, 436 del Código Orgánico Procesal Penal en sintonía con el artículo 437 literal a) eiusdem, lo que hace inadmisible el recurso interpuesto. Se confirma la decisión re.....