Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, ACUERDA la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano JOSÉ JULIO MATERANO GODOY, venezolano, mayor de edad, de 36 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.925.512, natural de Chejende, Estado Trujillo, nacido el 11/12/1970, hijo de María Margarita Godoy Cegarra y Julio Materano Gil (fallecido), conductor, residente en calle San José de Isnotu, casa s/n, parroquia José Gregorio Hernández, Estado Trujillo, condenado a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRESIDIO más las accesorias de ley, por la comisión del delito de ROBO, previsto y sancionado en el artículo 457 del código penal en agravio de Jesús Enrique Molina Salas, conforme al artículo 493 del Código Orgánico Procesa.....