En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión de fecha 13/11/2012, dictada por el Juzgado rimero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la misma decisión, de fecha 13/11/2012.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dadas las resultas del fallo.
CUARTO: Se MODIFICA la Sentencia recurrida. En consecuencia, se ordena a la demandada pagar a la accionante GABRIELA DEL CARMEN ZULETA PERDOMO, las cantidades especificada en el Capítulo V de la presente decisión, más los Intereses Moratorios y el Ajuste por Infl.....