Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción por diferencias de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoada por el ciudadano WILMER QUINTANA, Venezolano, mayor de edad, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°.V-12.390.687., en contra de la parte demandada, en la presente causa, la entidad de trabajo CORPORACIÓN SBS SHA BUREAU, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital, bajo el Nº.65, Tomo.12-A-Sgdo, de fecha 03-03-2005, quien deberán cancelar a la parte demandante las cantidades establecidas y condenadas en el presente fallo, es decir, la suma de Bs.30.168,56., por co.....