Este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley se declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por el ciudadano EFRAIN JOSE PINTO contra GUSTAVO JESUS GONZALEZ GORRIN y FANNY PINTO REQUENA, en relación a la violación de los artículos 82 y 115 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, por cuanto las situaciones jurídicas señaladas como infringidas por los querellantes tienen su origen en una vía de hecho surgida por impedir la posibilidad de ocupar un inmueble propiedad del accionante, lo cual, no fue debidamente probado, y, en todo caso, puede ser resuelto a través de vías ordinarias; SEGUNDO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional con respecto a la violación de los artículos 80 y 83 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, dirigi.....