DISPOSITIVA
En mérito a las razones que preceden, este Tribunal Sexto de Primera Instancias en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, a los fines de legalizar la detención del imputado en autos realizada al amparo del articulo 44 numeral 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara procedente la petición de la Fiscalía, y se DECRETA.
PRIMERO: Procedente la APREHESION EN FLAGRANCIA, del imputado de autos, el ciudadano ADAN MOISES GONZALEZ TORREALBA, titular de la cédula de identidad Nº V-19.779.380, por la presunta comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano.
SEGUNDO: Se acuerda el trámite del presente asunto por la vía del Procedimiento Abreviado, a tenor de lo previsto en el artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Se impone Medida Cautelar Sustitutiva de la.....