D I S P O S I T I V A
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra el ciudadano LAURO JOSE DUN SEQUERA, C.I.N° 13343717, ampliamente identificado en autos, por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y por cuanto están dados los presupuestos de los artículos 20, 251 y 252 todos del Código Orgánico Procesal Penal y la misma cumplirá en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental del Estado Lara. Mantengase Privación Judicial Preventiva de Libertad. Notifíquese a las partes. Cúmplase.