DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado del Municipio Jiménez del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDO el Procedimiento por Pensión de Alimentos, incoado por la ciudadana DILCIA MARIA GIL ARANGUREN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.880.696, de este domicilio. En contra del ciudadano: JOSE RAFAEL OLIVAR YEPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.456.922, domiciliada en Barrio Libertador, Calle 16B, entre Avenidas 20 y 21. Quíbor Municipio Jiménez del Estado Lara. En BENEFICIO: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Y ordena:
PRIMERO: Expedir copia certificada de los folios 01, 09, 18, 19, 23, 24, 37, 40, 43, 44, 52, 53, 54, 55,56 58, 60, 79,97, 98, 99, 100 y copia de la presente decisión respectivamente y remitirla al Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial .....