Con base a las consideraciones que preceden, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, Declara:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de la Defensa y en consecuencia MODIFICA el período de presentaciones a los que esta sujeto el imputado el ciudadano WILLIANS RAFAEL RODRIGUEZ ZAVARCE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 24.160.737; las cuales se realizarán en lo adelante cada treinta (30) días a partir de la presente fecha en la Unidad de Alguacilazgo de este Tribunal Penal de Control, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 242 NUMERAL 3º del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Líbrese boleta de notificación al imputado de autos, al Fiscalía (8º) del Ministerio Público del Estado Lara y a la Defensa PRIVADA.
TERCERO: Ofíciese a la Unidad de Alguacilazgo de este Tribunal Penal de Control. Es todo, Regístrese, Publíquese y Cúmplase. Dada firmada y sellad.....