Este Tribunal, visto la voluntad de las partes y de conformidad con lo previsto en el artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 133 eiusdem, da por concluido el presente proceso solo en relación al ciudadano LARRY JOSÉ CASTILLO mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.246.335, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, decide HOMOLOGAR EL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada,