INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido contra la sentencia dictada el 14 de enero de 2019, por el Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar la solicitud y como consecuencia de ello, disuelto el vinculo matrimonial que existía entre los ciudadanos JORGE NESPEREIRA SANZ y ELISABETH ALESSANDRELLO CIMADEVILLA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.397.124 y V-6.972.492, respectivamente.