En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ROSMARY AGUILAR, contra la empresa BLESS INDUSTRIAL C.A.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada, empresa BLESS INDUSTRIAL C.A. a pagar a la ciudadana ROSMARY AGUILAR, la suma de Bs. F 2.888,1 por conceptos de de antigüedad, vacaciones, bono vacacional y utilidades, fraccionadas.
TERCERO: Conforme al artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la jurisprudencia emanada de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, se condena al pago de intereses moratorios sobre la antigüedad, intereses sobre antigüedad, vacaciones, bono vacacional, utilidades, causados desde.....