DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la Abogada Marisol Coromoto Zakaria Haikal, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 73.511, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada-reconviniente, contra el auto dictado en fecha 17 de mayo de 2023, por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el cual queda CONFIRMADO respecto a la admisión de la prueba de informes promovida por la representación judicial de la parte actora-reconvenida.