Por los motivos anteriormente expuestos, éste Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la pretensión, intentada por el ciudadano: HUMBERTO CELESTINO ARIAS BELLO, representado por los Abgs. Marisela Cordero Aponte y Arcángel Cordero Sierra; contra la ciudadana: KARLA SUSANA ORTEGA ROJAS, todos identificados en autos, por indemnización de daños materiales derivados de accidente de tránsito. En consecuencia, se condena a la demandada perdidosa a cancelar la cantidad de TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL SETECIENTOS SESENTA BOLÍVARES (Bs. 3.480.760,00), monto a que asciende los daños materiales sufrido por el vehículo perteneciente a la parte actora. En cuanto a la indexación solicitada y acordada por este Tribunal, con el objeto de compensar el daño causado, conforme al criterio del Tribunal Supremo de Justicia, ordena practicar experticia c.....