Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la querella interpuesta por el ciudadano ALGIS ZILINSKAS, titular de la cédula de identidad N° 2.979.942, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA INFRAESTRUCTURA.
SEGUNDO: Se Ordena al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA INFRAESTRUCTURA, ajustar el monto de la pensión de jubilación que percibe actualmente el querellante, en base a la remuneración integral contemplada en el Paso 10, Grado 25, cargo Abogado Jefe, de la vigente escala de sueldos en el citado organismo, en la forma dispuesta en la parte motiva del presente fallo.
TERCERO: Se Ordena al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA INFRAESTRUCTURA, ajustar en lo sucesivo la pensión de jubilación que percibe el querellante, en base a la remuneración integral contemplada en el Paso 10, Grado 25, c.....