Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se DECLARO la falta de COMPETENCIA POR LA MATERIA de esta alzada, para conocer del recurso de regulación de la competencia, planteado por el abogado OSCAR EDUARDO RIVERO LOPEZ, en su carácter de juez del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio por Pensión de Alimentos, a favor del ciudadano JOSE LUIS MESA LAGUNA y en consecuencia se DECLINO la competencia para conocer del presente asunto, en un Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se acordó remitir las presentes actuaciones a la Unidad Receptora de Documentos Civil (URDD), con vista a la anterior decisión, a los fines de su remisión al tribunal competente, una vez se encuentre firme la presente decisión.