Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara, con base en las motivaciones antes indicadas, INATENDIBLE la apelación ejercida el 09 de febrero de 2010 por el abogado Nelis Emiro Carrero Soto, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en contra de la sentencia de fecha 14 de diciembre de 2009 proferida por el Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por Accion Mero declarativa y Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento (?) sigue la ciudadana MARÍA ILAIDA BAUTISTA MEDINA contra INMOBILIARIA DANORAL C.A.;
SEGUNDO: Se REVOCA el auto de fecha 19 de febrero de 2010 dictado por el Juzgado de la Causa, en el cual se oyó en ambos efectos di.....