En mérito de los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECLARA:
PRIMERO: Con Lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante recurrente.
SEGUNDO: Se anula la sentencia recurrida dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en fecha 29 de junio de 2023.
TERCERO: Se ordena al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, admitir la demanda de nulidad contra acto administrativo interpuesta por el actor, y librar las boletas de notificación a las partes intervinientes conforme a lo previsto en el artículo 78 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, acorde a la motiva de la presente decisión.
CUARTO: No hay condenatoria .....