Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia extinguida la instancia, en el recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con acción de amparo constitucional como medida cautelar, interpuesto por los abogados CARMEN LUISA MARTÍNEZ MARÍN y REYNALDO MARTÍNEZ DÍAZ, actuando en su carácter de apoderado judiciales de la empresa INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (I.U.T.I.) Extensión Caracas, ambos, suficientemente identificados en la parte motiva del presente fallo, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 524-04 de fecha 15 de abril de 2004, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador.