Por todas las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SU INCOMPETENCIA para conocer de la presente demanda incoada por el ciudadano LEONARDO JOSÉ VALECILLOS GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad 3.271.746, por motivo de cobro de prestaciones sociales, por encontrarse el proceso en etapa de ejecución de la transacción celebrada. SEGUNDO: Remítanse las presentes actuaciones mediante oficio al Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo...