Por las razones antes expuestas, es por lo que, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, realizada por el ciudadano PAUL RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº. V- 12.460.496, contra la ciudadana BARBARA YOLANDA YANES SUAREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V- 13.504.131. SEGUNDO: En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante el Registro Civil de Guarenas del Municipio Ambrosio Plaza, Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 18 de mayo de 1995, acta Nº 35, del año 1995, asentada en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados ante ese Despacho. Expídans.....