D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 03 de junio de 2010 por la parte demandada FUNDACIÓN PARA EL DEPORTE DEL ESTADO LARA (FUNDELA), contra la sentencia de fecha 26 de mayo de 2010, emanada del Juzgado Segundo de Juicio de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
En consecuencia SE MODIFICA la sentencia recurrida en los términos aquí establecidos.
Se ordena notificar del presente fallo al Procurador General del Estado Lara, de conformidad con el articulo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica.
Expídase copia certificada de la presente sentencia para ser agregada al libro respectivo, conforme a lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento.....