éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de rectificación del acta de matrimonio, presentada por la ciudadana YUDITH DEL ROSARIO LAMEDA DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 5.931.261, debidamente asistida por la Abogada YUDIMAR LIONETTIS GONZALEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 199.896. En consecuencia se ACUERDA dicha rectificación en el acta de matrimonio N° 17, año 1986 en el sentido de que se asiente correctamente el primer nombre, por cuanto fue escrito de manera incorrecta "JUDITH", siendo lo correcto "YUDITH". En consecuencia, se ordena estampar la nota al Libro de Matrimonio llevado por ante este Tribunal correspondiente al libro de matrimonios del entonces Juzgado de la Parroquia Chiquinquira y al Registrador Principal del Estado Lara, insertar la correspondiente nota en el acta antes descrita, en donde se debe estampar el pri.....