Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Décimo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el abogado TITO SÁNCHEZ RUIZ, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS MANUEL MERCADO, en su carácter de Coordinador Institucional de la Cooperativa Finanzas Unidas La Armonía R.L., contra de la Providencia Administrativa Nº 493-10 de fecha 09 de agosto de 2010, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital, Municipio Libertador, Sede Norte, en fecha 09 de agosto de 2010, en el expediente Nº 023-2010-01-00-00964, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por el ciudadano Cano Vergara Yamil Fernando contra la Cooperativa Finanzas Unidas La Armonía R.L.,todo.....