JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 06 de noviembre de 2003, por el abogado GARETH JOHNSTON REYES, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INMOBILIARIA BUNGALOW C.A. ya identificado, en contra del auto dictado en fecha 04 de noviembre de 2003, por el Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto apelado en todas sus partes.
TERCERO: SE CONDENA en costas a las Parte Actora de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: Se ORDENA la notificación de las partes conforme a los artículos 233 y 251 del Código de Pro.....