Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRA incoado por las sociedades mercantiles ARQUI-TECH CONSTRUCCIONES C.A y ARQUI-TECH PROYECTOS Y ASOCIADOS S.A. en contra de la empresa REPRESENTACIONES LOS KARDOS C.A., cuya apelación estaba siendo conocida en segunda instancia en virtud del recurso ejercido por la parte demandada en contra de la decisión proferida por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito en fecha 22 de abril de 2002, la cual había declarado sin lugar la oposición formulada por el demandado contra la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por ese Tri.....