Por las razones antes expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por: DESALOJO, intentada por los ciudadanos: REINA ZENOBIA MORA DE RIVAS y FRANCISCO RAFAEL GARCIA DIAZ, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de estado civil viuda y soltero, respectivamente, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. 1.880.596 y 1.827.113, respectivamente, representados por el abogado en ejercicio. JOSE ERNESTO RIERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 90.132 y de este domicilio, en contra de los ciudadanos: MARISOL DEL CARMEN FONSECA y ARGEMIRO HERRERO MORELOS, de nacionalidad venezolana la primera y colombiano el segundo, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.703.108 y E-973.778, respectivamente.- En consecuencia, se condena a los demandados, MARISOL DEL CARMEN FONSECA y ARGEMIRO HERRERO MORELOS, ya.....