DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, EN PRIMER LUGAR, ADMITE la acusación presentada por el Abogado LENIN TERAN, procediendo con el carácter de Fiscal Segundo del Ministerio Público de este Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, contra el ciudadano EVENCIO RAMIREZ ANDARA, venezolano, mayor de edad, soltero, pintor automotriz, portador de la cédula de identidad N° 9310191, residenciado en el barrio El Milagro, calle 09, casa N° 5-75, Valera estado Trujillo, por el delito de de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previstos y sancionados en el artículo 455 numeral 6 del Código Penal, Vigente para el momento de los hechos narrados, EN SEGUNDO LUGAR, ADMITE LOS MEDIOS DE PRUEBAS ofrecidos por el Representante Del Ministerio Público, EN TER.....