DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, con sede en Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la acción por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE VENTA CON PACTO DE RETRACTO incoado por el ciudadano JOSE BENITO SANCHEZ MATHEUS contra la ciudadana NELLY DEL CARMEN PEÑALOZA SULBARÁN, ambos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se declara que el contrato suscrito por los ciudadanos JOSÉ BENITO SÁNCHEZ MATHEUS y NELLY DEL CARMEN PEÑALOZA SULBARÁN, ambos plenamente identificados en autos, por ante la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios Valera, Motatán y San Rafael de Carvajal, del Estado Trujillo, en fecha 12 de Febrero del 2.003, bajo el N° 8, Tomo 8, Protocolo Primero, Trimestre Primero, es un CONTRATO DE .....