Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la querella interpuesta por el ciudadano NÉSTOR ANTONIO GRATEROL ESCALONA, debidamente asistido por los abogados CARLOS ALBERTO MORANTES GONZÁLEZ y PEDRO ANTONIO BARRIOS PÉREZ, todos plenamente identificados en la parte motiva del presente fallo, contra el acto administrativo contenido en el acuerdo s/n de fecha 2 de noviembre de 2005 emanado del Concejo Municipal del Municipio Vargas del Estado Vargas, el cual se anula.
SEGUNDO: Se ordena la reincorporación del accionante al cargo de Secretario Municipal del Concejo Municipal del Municipio Vargas o a otro igual o superior jerarquía y remuneración, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de su destitución, hasta la fecha de su efectiva reincorporación, con los respectiv.....