En razón de los criterios precedentemente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 03 de marzo de 2011, por el ciudadano Armando Goyo, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 27.110, en su carácter de apoderado judicial de la accionada, en contra del Acto de fecha 01 de marzo de 2011 emanado del juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
En consecuencia se CONFIRMA el auto recurrido en todas sus partes
Se condena en costas del recurso a la parte accionada recurrente de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Expídase copia certificada de la presente sentencia para ser agregada al Libro respectivo, conforme a lo dispuesto en el artíc.....