Con fundamento en lo precedentemente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Con lugar la solicitud de Colocación Familiar presentada por el ciudadano Eleazar Torres, titular de la cédula de identidad Nº 3.445.087 y revoca la medida de Colocación Familiar otorgada a la ciudadana Damary Izarra, titular de la cédula de identidad Nº 13.527.638, en fecha veintidós (22) de septiembre de 2011 y se le otorga la Colocación Familiar del niño al ciudadano Eleazar Torres y por consiguiente, se le concede la Responsabilidad de Crianza del mismo, quien será el responsable de él ante las personas naturales y jurídicas.
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