Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la oposición formulada por el ciudadano: WILMER ALBERTO PUERTA, venezolano, mayor de edad, y de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 11.790.243, en su condición de Presidente de la Firma Mercantil DISTRIBUIDORA EL COLOR.-En consecuencia, se ordena la entrega a la parte opositora de los bienes embargados, especificados en el acta de embargo que riela a los folios 16 y 17 de autos, como a continuación se señalan: : 1) 24 galones de macilla plástica para carrocería marca kurty plástica valorado por el perito V.P., en su conjunto en Bs. 60.000, 2) 261 Galones de pintura emulsionada de diferentes colores marca Pinta Andes V.P., en su conjunto Bs. 1.440.000. 3) 4 galones de tinta caoba africana marca Champion V.P......