Este Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONFORME A ESA CONFESIÓN y a las pruebas que rielan en autos, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción intentada por HERNAN MUJICA C.I 10.760.588, contra la empresa COOPERATIVA ZOOM representada por LUIS BRAVO.
SEGUNDO: SE CONDENA a la demandada al pago de la cantidad de CUATRO MIL DOCE CON SETENTA Y TRES CENTIMOS (Bs.F 4.012,73), por los siguientes conceptos calculados conforme a los salarios básicos semanal expresados por la actora en su libelo, de los cuales el ultimo fue de Bs.F 545,38 (Bs.18,18) a los cuales se les adiciono las alícuotas de utilidades (15dias) y bono vacacional (7dias) para el calculo del salario integral (* Bs.19,28):
1. *45 x Bs.19,28 dias Antigüedad ......................................Bs.867, 6
2. 8,75 dias Vacaciones ............................ .................. ...Bs.159,08
3. 4,08 dias Bono.....