III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por el apoderado de la parte demandante, abogado OGUSTO PEÑA RAMÍREZ, ya identificado, contra los autos dictados por la Sala de Juicio Nº 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta misma Circunscripción Judicial, en fechas 07 y 12 de Junio de 2007, en el presente juicio y, en tal virtud, se CONFIRMA el auto de fecha 07 de Junio de 2007 y se ANULA parcialmente el auto de fecha 12 de Junio de 2007, solo por lo que respecta a la indebida reapertura del lapso para contestar la demanda.
En consecuencia, se ORDENA al Tribunal de la causa tener en cuenta, en el momento cuando profiera el fallo definitivo de este pro.....