Por las razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con competencia en Reenvió en lo Penal, impartiendo Justicia, en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara Inadmisible el trámite del recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Everlin De La Cruz, Defensora Pública Primera (01º) con Competencia Especial en los Delitos de Violencia Contra la Mujer, del imputado, ciudadano Silfredo Castro Barrios, titular de la cedula de identidad N° V- 27.814.609, contra la decisión dictada en fecha 09 de septiembre de 2012, por el Juzgado Quinto de Violencia Contra la Mujer, en Funciones de Control, Audiencia y Medidas, de esta Circunscripción Judicial Penal y sede
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