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Decisiones del dia 28/10/2013

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : KH09-X-2013-000112 N° Sentencia : Fecha: 28/10/2013
Procedimiento:
Medida Cautelar
Partes:
RESIDENCIAS PARÍS LA ROTARIA, C.A. VS. PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 557, DE FECHA 25 DE ABRIL DE 2013, EMANADO DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA SEDE PÍO TAMAYO, QUE DECLARÓ CON LUGAR LA SOLICITUD DE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS INTENTADA POR EL CIUDADANO JOEL GABRIEL DAZA, EN EXPEDIENTE Nº 005-2012-01-0323.
Resumen:
Es importante observar, que el debate principal de nulidad del acto administrativo y de la medida cautelar se refiere a la aceptación del trabajador del pago de sus prestaciones sociales, con lo que pone fin a la relación y por ende al procedimiento de reenganche interpuesto. Ahora bien, tal situación requiere el análisis de las probanzas; ya que debe determinarse la voluntad manifestada por el trabajador en dicho acto, por lo que este Sentenciador no puede pronunciarse en vía cautelar, ya que tales señalamientos equivale a prejuzgar sobre la decisión definitiva, no siendo evidente en autos la apariencia del buen derecho invocado, por lo que no se encuentran cubiertos los extremos previstos en el Artículo 104 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Por lo expuesto, este Tribunal niega la medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo de efectos particulares ya identificado.
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
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N° Expediente : KP02-N-2013-000351 N° Sentencia : Fecha: 28/10/2013
Procedimiento:
Nulidad De Acto Administrativo
Partes:
: SINDICATO DE EMPLEADOS Y OBREROS DEL COMERCIO Y LA INDUSTRIA NACIONAL (S.E.O.C.I.N) VS. PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 1764, EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA SEDE PÍO TAMAYO, EN FECHA 09 DE SEPTIEMBRE DE 2013, QUE ORDENÓ EL CIERRE Y ARCHIVO DEFINITIVO DEL EXPEDIENTE CONTENTIVO DE DISCUSIÓN DE PROYECTO DE CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO, Nº 005-2012-04-0020.
Resumen:
Ahora bien, los ciudadanos CARLOS ALBERTO FUENMAYOR MEDINA y MARIA EUGENIA SIRA, no ostentan la representación de dicha organización en juicio, a tenor de lo establecido en el Artículo 16 de dicho estatuto social; por lo que debió ser el presidente quien realizara las actuaciones pertinentes a esta causa. En consecuencia, tales ciudadanos carecen de legitimidad para actuar en el presente juicio, según lo previsto en el Artículo 138 del Código de Procedimiento Civil, en conexión con el Artículo 140 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo; siendo nulas las actuaciones realizadas por ellos, por lo que no se tiene como subsanado el libelo conforme la orden impartida por este Juzgado.
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
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