Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia, en nombre del República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara competente para la tramitación del procedimiento de Separación de Cuerpos incoado por los ciudadanos YOSKATERY ALEXANDRA SUAREZ CAMAÑO y EDUARDO LUIS GUEDEZ TALAMERA, al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Barquisimeto.